La resolución, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo el pasado 27 de abril de 2026, desestima los recursos de casación interpuestos por el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España y el Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia contra una sentencia previa favorable al Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Galicia.
La sentencia tiene una especial trascendencia porque fija doctrina jurisprudencial sobre la interpretación de la Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación, en relación con la competencia profesional para redactar memorias ambientales en procedimientos de declaración de incidencia ambiental de estaciones de servicio.
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